La comprobación de los tacógrafos debe hacerse en los siguientes casos:
Se llevarán a cabo controles periódicos de los aparatos al menos cada dos años y se controlará:
Se llevará a cabo un control del cumplimiento de los errores máximos tolerados en el uso del aparato de control, al menos una vez cada seis años. Este control incluye obligatoriamente la sustitución de la placa de instalación.
Precintado
Deberán precintarse los siguientes elementos:
Pueden preverse otros precintos en la homologación de la construcción del aparato, indicándose en el pliego de la homologación el lugar de dichos precintos.
Correlación entre las vueltas del tacógrafo y las revoluciones/km de la caja de cambios
Debe existir una correlación entre las vueltas del tacógrafo (factor K, constante) y las revoluciones de recorrido del vehículo o número de revoluciones por Kilómetro de la caja de velocidades (factor W del vehículo).
Reconocimiento de las marcas de homologación
Los tacógrafos deben estar homologados y se habrán de instalar en el vehículo por taller o instalador autorizado. A tal fin, los tacógrafos llevarán una placa que será indeleble y deberá permanecer siempre legible.
Estará compuesta por:
El tacógrafo:
Presentación de la cara delantera del aparato.
Selector primer conductor -.A
Selector segundo conductor -.B
Cerradura de la caja -.C
Escala de velocidades -.D
Cuentarrevoluciones -.E
Testigo de exceso de velocidad -.F
Testigo de control de funcionamiento -.G
Aguja de velocidad -.H
Aguja de cuentarrevoluciones -.I
Testigo de funcionamiento del reloj -.J
Reloj -.K
Cuentakilómetros totalizador -.L
Otros emplazamientos posibles de los selectores -.M